PREGUNTAS FRECUENTES




Nota: Las personas que participan en el programa de exención DIDD, el programa ECF Choices, el programa TennCare Choices o el programa Katie Beckett no son elegibles para recibir fondos del Programa de apoyo familiar.




¿Qué discapacidades son elegibles para el programa?


Consideramos las discapacidades más graves y del desarrollo; sin embargo, su discapacidad debe afectar significativamente su vida diaria y ser permanente. No ofrecemos financiación a quienes solo tienen un diagnóstico de enfermedad mental o trastorno relacionado con la edad. El propósito del programa es apoyar a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, discapacidad relacionada con lesiones o traumas (lesión medular, pérdida de extremidades) o trastorno neurológico/neuromuscular (ELA, distrofia muscular o esclerosis múltiple).




¿El Programa de Apoyo Familiar tiene límites de ingresos?


El Programa de Apoyo Familiar está abierto a niños y adultos de todos los niveles de ingresos. No solicitamos información sobre sus ingresos durante el proceso de solicitud.




¿Puedo solicitar financiación cada año?


¡Sí! Animamos a todos a solicitar financiación cada año. Si bien no podemos garantizar que sea seleccionado para recibir financiación todos los años, en la mayoría de los condados podemos atender a casi todos los solicitantes. Incluso si está en lista de espera, es posible que reciba financiación antes de que finalice el año.




¿Qué información necesito tener para aplicar?


Necesitará presentar comprobante de residencia, comprobante de discapacidad y comprobante de ciudadanía estadounidense. Para obtener información detallada, haga clic aquí. Para algunos servicios, como las modificaciones del hogar, también necesitará presupuestos de contratistas con licencia. Otros servicios que requieren presupuestos incluyen: modificaciones de vehículos, reparaciones de viviendas y atención dental.




¿Tengo que tener una discapacidad intelectual para recibir financiación?


No, no es necesario tener una discapacidad intelectual. Consideramos la mayoría de las discapacidades, excluyendo las enfermedades mentales y los trastornos relacionados con la edad.




¿Quién decide si me aprueban el financiamiento?


El Programa de Apoyo Familiar está dirigido por un Consejo de voluntarios que aprueba todas las solicitudes de financiación. Muchos de estos voluntarios tienen una discapacidad grave o un hijo con una discapacidad grave.




Tengo una discapacidad grave y cumplo con todos los requisitos de elegibilidad. Recibí una carta indicando que no fui seleccionado para la financiación y que estoy en lista de espera. ¿Qué significa esto?


Debido a la escasez de fondos, no todos los solicitantes elegibles son seleccionados. El Consejo de Apoyo Familiar decide las prioridades de financiación cada año y esto determina quiénes son seleccionados.




¿Puedo realizar modificaciones en mi casa si estoy alquilando bajo la Sección 8?


Las únicas modificaciones disponibles para las viviendas de alquiler son rampas para sillas de ruedas, pero se requiere la autorización del propietario. El Programa de Apoyo Familiar no cubrirá reparaciones ni modificaciones en las viviendas de alquiler.




¿Cuánto dinero puedo recibir?


La cantidad de financiación que reciba dependerá del servicio solicitado y de los fondos restantes en su condado. El monto máximo de financiación que puede recibir un solicitante es de $3500; sin embargo, la mayoría recibe $2000 o menos.




Recibí financiación el año pasado. ¿Tengo que volver a solicitarla para el año que viene?


Sí, todos los solicitantes deben volver a presentar su solicitud cada año. Las solicitudes están disponibles en enero de cada año y deben presentarse antes del 15 de abril.




¿Puede el Programa de Apoyo Familiar pagar a mis padres para que me ayuden en mi hogar?


Los padres, tutores o cónyuges no pueden recibir pagos como cuidadores a través del Programa de Apoyo Familiar. Tampoco podemos pagar a otros familiares que vivan en el hogar.



Necesito una reforma en casa. ¿Puedo contratar a quien yo quiera para que me construya una rampa?

Si necesita una rampa, contáctenos antes de enviar su solicitud. El Programa de Apoyo Familiar remite todas las solicitudes de rampa al Programa de Acceso al Hogar. Puede contactarlos directamente al 615-242-4091. Para cualquier otra modificación en el hogar, puede elegir a su contratista, pero este debe tener licencia y fianza.




Necesito un respiro. ¿Tienen cuidadores?


El Programa de Apoyo Familiar solo proporciona financiamiento, es responsabilidad de la familia localizar a su propio cuidador.